Estimada/o Asociado APRAJUD
Frente a consultas dirigidas al Directorio Nacional en relación a las modificaciones a la aplicabilidad y alcances de las prohibiciones establecidas en L.O.C. (18.603) de Partidos Políticos y conforme lo establecido en el art 323 del COT respecto de las prohibiciones que rigen para los funcionarios del Poder Judicial, es que te informamos que realizamos algunas consultas tanto a CAPJ como a nuestra Unidad de Estudio y Apoyo Jurídico (UEAJ Aprajud) esto para que cuentes con mayor información y puedas formarte tu propia opinión al respecto.
Favor revisar los antecedentes adjuntos con la información obtenida.
Atte.,
PATRICIO HECTOR AGUILAR PAULSEN
Presidente Nacional APRAJUD Chile